¿CÓMO SE PUEDE EXTINGUIR UNA OBLIGACIÓN?

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157

Las personas (naturales y/o jurídicas) contraemos diversos tipos de obligaciones de forma constante en el diario vivir, ya sea por medio de relaciones productivas como en el trabajo, el intercambio de bienes y servicios, relaciones sociales como el nacimiento de un hijo, o incluso en relaciones fortuitas como un accidente de tránsito, etc.

Una obligación se define como una exigencia a dar, hacer o no hacer algo o una cosa, que está determinada por la Ley, la convención de las partes (acuerdos, contratos), la autoridad competente o el hecho jurídico.

Al respecto, existen once formas legales de extinguir dichas obligaciones, de tal manera que el deudor queda libre de su deuda con el acreedor. A continuación, la lista completa:

CÓDIGO CIVIL, Art. 1583.- Las obligaciones se extinguen, en todo o en parte:

1. Por convención de las partes interesadas, que sean capaces de disponer libremente de lo suyo;

2. Por la solución o pago efectivo;

3. Por la novación;

4. Por la transacción;

5. Por la remisión;

6. Por la compensación;

7. Por la confusión;

8. Por la pérdida de la cosa que se debe;

9. Por la declaración de nulidad o por la rescisión;

10. Por el evento de la condición resolutoria; y,

11. Por la prescripción.

Ejemplos de obligaciones que pueden extinguirse conforme a derecho:

·        Pensiones de alimentos

·        Préstamo de dinero entre particulares

·        Devolución de garantía de arrendamiento

·        Reparaciones locativas

·        Pago de haberes laborales

·        Deudas tributarias

·        Préstamos bancarios

·        Daños por accidente de tránsito

·        Daños y perjuicios por mala praxis profesional

·        Disolución y liquidación de sociedad conyugal

·        En una compraventa entregar la cosa vendida al nuevo dueño

·        Cumplir con lo prometido en la publicidad de un producto

·        Resarcir el daño causado a cosas ajenas

·        Ejecución de una obra contratada

·        Cumplir un contrato de prestación de servicios

·        Pagar los impuestos públicos

·        Compromiso firmado de asistir a mingas o sesiones

·        Compromiso firmado de no hacer algo (ejemplo: dejar el ganado suelto en pastizal ajeno)

La lista de obligaciones de dar, hacer o no hacer es muy extensa y solo hemos puesto algunos ejemplos para ilustrar al lector.

Si usted requiere solucionar alguna obligación pendiente, debe saber que puede realizarlo de forma extrajudicial privada, por medio de un Centro de Mediación y Arbitraje o mediante un juicio; todo dependerá del tipo de obligación, de la voluntad de la contraparte y de la estrategia adoptada por su abogado patrocinador.

Si requiere asesoría jurídica puede contactarme al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com, al whatsapp: 0998725157, o acudir previa cita a mi oficina ubicada en la ciudad de Quito.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

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