INSCRIPCIÓN CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO QUITO
Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO
Cuando se celebra un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ya sea para vivienda, vivienda – negocio, vivienda – taller o local comercial, es obligatorio realizar LA INSCRIPCIÓN EN EL MUNICIPIO.
Esto tienes dos razones legales:
1.-Los Arts. 8, 9 y 14 de la LEY DE INQUILINATO determinan la obligatoriedad de Inscribir los Contratos de Arrendamiento en la Oficina Municipal respectiva.
2.-En caso de litigios, no se podrá demandar si no se cuenta con la Inscripción del Contrato de Arrendamiento en el Municipio.
¿QUIÉNES ESTÁN EXONERADOS DE LA OBLIGACIÓN DE INSCRIBIR LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO?
Según la LEY DE INQUILINATO, Art. 15:
“Art. 15.- EXONERACIÓN DE INSCRIPCIÓN.- Exonérase a las instituciones de derecho público y de derecho privado con finalidad pública de la obligación de inscribir sus bienes inmuebles destinados al arrendamiento para la vivienda, vivienda y taller, y vivienda y comercio, en las oficinas de Registro de Arrendamientos de las municipalidades.”
¿QUÉ DEBE IR EN LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO?
a) Nombre del arrendador y subarrendador y su dirección;
b) Ubicación y superficie del predio y del local o locales destinados al arrendamiento;
c) Determinación de los servicios existentes;
d) Avalúo catastral comercial del inmueble;
e) Inventario de los muebles, cuando se tratare de locales amoblados; y,
f) Demás datos que se exigiere en las ordenanzas respectivas.
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO?
Este trámite lo puede realizar el arrendador con su firma directamente, o mediante un abogado patrocinador.
Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO